El 4 de febrero de 2026 se publicó el Decreto Legislativo N.º 1716, que modifica el D. Leg. N.º 813 – Ley Penal Tributaria, con la finalidad de adecuar los tipos penales a la transformación digital (comprobantes electrónicos) e incorporar nuevas conductas sancionables vinculadas al SPOT (detracciones).
Principales cambios:
- Nuevo delito por constancias de detracciones (art. 5-E): Se sanciona con pena privativa de libertad de 5 a 8 años, más días-multa, a quien falsifique o adultere constancias de depósito SPOT, o las presente falsas o adulteradas para acreditar el depósito y sustentar el traslado de bienes u operaciones sujetas al sistema.
- Ampliación del delito por información falsa en el RUC (art. 5-A): Se extiende el alcance del delito a la habilitación y trámites vinculados a la emisión electrónica de comprobantes y documentos complementarios (guías, notas de crédito/débito), cuando el contribuyente proporciona información falsa a sabiendas en la inscripción o modificación del RUC
- Requisito de procedibilidad (art. 7.1): En general, la formalización de la investigación preparatoria requiere informe de SUNAT; no obstante, para los delitos de los arts. 5-A, 5-B, 5-C y 5-E, el Ministerio Público puede actuar con un informe de hechos.
Implicancias prácticas:
- Verificar y documentar la veracidad de datos del RUC (domicilio, actividad económica, representantes, altas y modificaciones).
- Reforzar controles del SPOT: trazabilidad del depósito, custodia de constancias y validaciones internas previas al sustento de traslados u operaciones.
- Capacitar a las áreas contable, tributaria y logística sobre el riesgo penal en supuestos dolosos, no solo infracciones administrativas.