Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano: lo que deben saber trabajadores, independientes y empleadores.

septiembre 19, 2025

1) ¿Qué cambia con el nuevo Reglamento?

  • Sistema Integral Previsional con pilares y administración pública y privada, orientado a garantizar una pensión mínima y ampliar la cobertura.
  • Afiliación por la PAST (Plataforma de Afiliación Segura y Transparente): elección SNP o SPP en un entorno neutral, con trazabilidad y protección de datos; ONP y SBS comparten gobernanza.
  • Nuevo esquema de comisiones: posibilidad de migrar a comisión por saldo o a comisión por productividad (componente fijo + variable ligado a un benchmark).
  • Rentabilidad mínima con referencia: si un fondo rinde por debajo del portafolio benchmark (dentro de márgenes), la EAF compensa al fondo, bajo reglas SBS.

2) Calendario de afiliación

Quienes cumplan 18 años desde el 1 de junio de 2027: afiliación obligatoria al Sistema (SNP o SPP). Si no eligen en 12 meses, quedan automáticamente en el SNP.

  • Mayores de 18 al 31/5/2027 no afiliados: deben elegir entre SNP o SPP hasta el 1/6/2028; si no lo hacen, quedan automáticamente en el SPP y entran a la licitación de la CIC. Excepciones: ya afiliados a otros regímenes, pensionistas y mayores de 55 años.

3) Aportes: dependientes vs. independientes

Trabajadores dependientes

  • SNP: aporte 13% de la remuneración asegurable (retención a cargo del empleador).
  • SPP: 10% a la CIC + prima de invalidez/sobrevivencia + comisión de administración.

Independientes (rentas de 4.ª, literal a) — desde 2028

  • Tasa gradual sobre ingresos percibidos: 2% (2028-2029), 3% (2030-2031), 4% (2032-2033) y 5% (desde 2034); en SPP se adicionan prima y comisión. No integran base los ingresos de 4.ª-b ni 5.ª.