mayo 16, 2025
Con la entrada en vigencia de la Ley N.º 32322, se autoriza —por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026— a los trabajadores comprendidos en el ámbito del Decreto Legislativo N.º 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), a disponer libremente del 100 % de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras, así como de los montos que tengan acumulados a la fecha en que ejerzan dicha disposición.
Asimismo, la norma establece que los trabajadores que hayan sido diagnosticados con cáncer o con una enfermedad terminal —debidamente acreditada ante el empleador— podrán disponer, en cualquier momento, del 100 % del monto acumulado en su cuenta de CTS.